viernes, marzo 29, 2024

La Ley de la Segunda Oportunidad en Valencia: DeudaCERO

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El equipo de DeudaCERO, ubicado en Valencia, asesora a sus clientes para aportarles soluciones para cualquier problema. La Ley de la Segunda Oportunidad permite a los usuarios exonerar las deudas de aquellos autónomos y personas físicas que no pueden afrontarlas y que no pueden realizar un pago por una situación de endeudamiento por razones ajenas.

DeudaCERO quiere ayudar a los usuarios y para eso dispone de servicios adecuados con los mejores profesionales, asesoran e informan de las diferentes vías para solucionar cualquier problema. Además, la compañía ofrece un trato personalizado y permite el pago a plazos, dependiendo de las necesidades de cada uno.

Las bases de la Ley de Segunda Oportunidad

Para empezar, lo más importante es contar con el asesoramiento de profesionales especializados en la Ley de Segunda Oportunidad. Ellos buscan la solución jurídica más adecuada y acompañan a sus clientes durante todo el proceso a través de una relación basada en la confianza y la transparencia.

El principal requisito para poder ampararse en esta ley es que el deudor sea un deudor de “buena fe”. A estos efectos, se entiende que un deudor es de buena fe si cumple con estos requisitos:

1. Que no haya sido declarado culpable en un concurso de acreedores, o lo que es lo mismo, que su insolvencia no sea ocasionada por culpa grave o dolo o con tal de defraudar a los acreedores.

2. Haber negociado previamente con los acreedores para llegar a un acuerdo extrajudicial y que no haya sido posible por su situación económica.

3. Que las deudas no superen los 5 millones de euros.

4. Que la pyme no tenga más de 50 trabajadores. 

5. Que, en los últimos 10 años, el deudor no haya sido condenado por falsedad documental, delitos contra el orden socioeconómico, contra el patrimonio, contra Hacienda o Seguridad Social, o contra los empleados.

6. Que en los cuatro años inmediatamente anteriores a su situación de insolvencia no haya rechazado una oferta de empleo adecuada a su capacidad.

7. Que, en los últimos 10 años anteriores a la solicitud de este procedimiento, el deudor no se haya beneficiado ya de esta Ley de Segunda Oportunidad.

8. Aceptar el Plan de Pagos que se propone en esta condonación legal.

Acerca de DeudaCERO

DeudaCERO esta obteniendo un éxito del 100% en las demandas presentadas en familias o personas físicas con compromisos financieros de todo tipo. La ley prevé las deudas de particulares y empresarios que se han visto afectados por la actual crisis económica, a causa de sobreendeudamiento o desempleo. Asimismo, permite que el deudor pueda liberarse hasta del 100% los pasivos ordinarios y subordinados.

Los artículos 89 a 91 de la Ley Concursal destacan que, la deuda tiene que haberse originado antes de la declaración del concurso de acreedores, lo cual supondrá varias ventajas como la paralización de posibles ejecuciones, la paralización de intereses del importe, salvo en caso de garantías hipotecarias, reducción de deuda, prolongación de plazos, acuerdo, propuesta anticipada de convenio, levantamiento de ejecuciones judiciales y suspensión de embargo.

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